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Embarcarse en un proyecto relacionado con la vivienda siempre es una auténtica aventura. Una aventura que, si se gestiona bien, siempre va a llegar a buen puerto puesto que es uno de los mercados con más garantías de éxito. Sin embargo, una buena gestión siempre requiere unos deberes y conocimientos previos.

Por eso, en Mas Vida contamos con un grupo de profesionales especializados en el sector para asesorar y estudiar cada caso particular de nuestros clientes. Un escenario muy recurrente se da cuando alguien se encuentra pagando la hipoteca de una vivienda habitual y se plantea alquilarla durante el verano con fines turísticos. ¿Es posible hacerlo? ¿Es mejor que sea una vivienda secundaria? ¿Tendrá repercusión en la declaración del IRPF? Para contestar estas preguntas no es necesario extenderse demasiado.

Las entidades bancarias: responsables de las hipotecas

Las entidades financieras son quienes se encargan de constituir la hipoteca de una vivienda en base a ciertas características. Uno de los primeros criterios a tener en cuenta es si la propiedad será destinada a vivienda habitual o no. En este caso, se suelen fijar hipotecas con mayores beneficios para el propietario como la financiación del 80% del total, plazos más largos de amortización etc. En caso contrario, para hipotecas de segundas viviendas o propiedades destinadas al alquiler, las hipotecas suelen presentar condiciones menos favorables.

En cuanto al tema del alquiler de la propiedad, para los bancos importa poco, únicamente les interesa que se pague la hipoteca. Esto es debido a que el hecho de conceder una hipoteca de vivienda habitual no está necesariamente ligado a que se dedique a ello, solamente sirve para fijar las condiciones del préstamo hipotecario.

 No obstante, es importante señalar que hace algún tiempo existían ciertos bancos que especificaban la prohibición del alquiler de la propiedad mediante una cláusula. En estos casos, evidentemente, la opción de arrendar el inmueble quedaba descartada. No fue hasta finales del año 2009 cuando este tipo de condiciones de hipoteca se catalogaron como abusivas por el Tribunal Supremo y dejaron de tener efecto en términos legales.

La declaración del IRPF

A diferencia de la hipoteca, el tema referente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sí que se ve afectado por el arrendamiento de una vivienda. Esta medida, al igual que pasaba antes con las entidades bancarias, ha sido modificada con el paso del tiempo. Antes existía una deducción por adquisición de la vivienda habitual, pero después fue eliminada. Aun así, actualmente también hay un régimen transitorio que otorga la posibilidad de aplicar una deducción por la adquisición de la vivienda a su propietario.

Para aplicar esta deducción es necesario que la vivienda haya sido adquirida antes de 2013, pero si se alquilara dejaría de ser considerada vivienda habitual y el propietario no tendría derecho a aplicarla.

Alquileres turísticos

Lo cierto es que es un hecho que desde este verano ha aumentado la oferta a un ritmo considerable. Muchas personas que hasta hace poco no alquilaban sus propiedades se han visto obligadas a hacerlo tras la crisis mundial a la que nos hemos visto sometidos, en especial viviendas de playa o montaña. Sin lugar a dudas, es una buena alternativa a vender una casa, incluso si se trata de nuestra vivienda principal.

Es cierto que los alquileres turísticos son regulados por cada Comunidad Autónomay es importante conocer y revisar las leyes y condiciones que se aplican según donde poseamos la propiedad. En cualquier caso, por lo general, se puede pagar la hipoteca anual de una vivienda a través del arrendamiento de la misma.

Además, también se ha notado un cambio de comportamiento en las familias que vienen de turismo. La gente prefiere dejar los hoteles o los campings y optar por apartamentos rentados, tanto por razones económicas como por comodidad. De este modo tanto familias como grupos de amigos pueden gozar de mayor intimidad, pueden recibir visitas o hacer comidas en casa cuando no quieran ir a un restaurante.

Este modo de vida no es nuevo en España, ya que el sector inmobiliario y turístico siempre han ido de la mano y han tenido mucha fuerza en el país desde más allá de los años sesenta. Sin embargo, los tiempos modernos y los portales virtuales ofrecen un sinfín de posibilidades a los propietarios con las que antes no contaban. Hoy en día es imprescindible contar con una casa bien equipada y amueblada y ofrecer un respaldo a los inquilinos.

Este año se ha experimentado un crecimiento de demanda de viviendas de más del 100% en casos como Murcia, que ha sido de un 200%, de Cádiz o de las Islas Baleares. Regiones en las que existe un porcentaje de oferta de alquiler vacacional superior al 20% del total de viviendas.

Conclusión final

Si queremos una respuesta directa a la pregunta que lanzábamos al principio de este artículo, podemos decir directamente que sí es posible alquilar una vivienda mientras se está pagando una hipoteca e incluso podríamos asegurar que es un buen momento. De todas formas, cada caso es particular y es imprescindible conocer la localización, el marco legal, las condiciones, leyes y medidas de cada propiedad. Mas Vida pone al servicio de sus clientes una vasta experiencia y, ante todo, ganas de ayudar y conseguir beneficios comunes.

Somos un equipo que cada día asesora y resuelve todo tipo de dudas a ciudadanos con responsabilidades y derechos que tengan que ver con los alquileres, la compraventa, ejecuciones hipotecarias etc. En este caso hablamos sobre la hipoteca y el arrendamiento de un inmueble, pero podemos ocuparnos de todo tipo de incidencias relacionadas con el sector inmobiliario. Situaciones que se dan a diario en todas las familias y que cuentan con una solución particular para cada una.

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