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Siempre es importante estar al tanto de las novedades que van surgiendo en el mundo inmobiliario y una de las más sonadas durante este último tramo de 2021, es el nuevo indicador conocido como “valor de referencia catastral” que se llevará a cabo a partir del año que viene.

¿Qué es el valor de referencia catastral?

Su función será establecer los impuestos que se cobrarán según la adquisición de activos inmuebles o viviendas de cada individuo.

Parece que el Gobierno tiene claro el camino a seguir en este sector debido a que, durante el verano de este casi finalizado curso, ya se aprobaron algunas medidas de prevención contra el fraude, a las que se añadirá este nuevo valor de referencia catastral a partir del día 1 de enero.

El propósito que quiere llevar a cabo el Ministerio de Hacienda y Función Pública tras la aprobación de esta medida, pretende precisamente luchar contra fraudes y que todo el mundo pague sus impuestos correspondientes.

Una de las principales características de este indicador, es que no tendrá efecto retroactivo. Dicho con otras palabras, únicamente se aplicará el valor de referencia catastral a los inmuebles adquiridos a partir del 1 de enero.

Además, habrá dos tipos de impuestos a los que también afectará a la hora de pagar la base imponible: el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).

Otra característica interesante de esta medida, es que el indicador nunca podrá sobrepasar el precio de valor de mercado del inmueble.

Para evitar que esto ocurra, los cálculos atenderán a una media de precios que dependerán de la situación geográfica de los inmuebles del municipio.

Las zonas no estarán delimitadas por zonas comarcales, barrios o distritos, sino que los datos que se tomarán tendrán que ver con las transacciones realizadas de forma oficial, ante notario o inscritas en el Registro de la Propiedad.

En cuanto al responsable de establecer este indicador, la Dirección General del Catastro será el organismo encargado y es importante señalar que el valor catastral será siempre distinto al valor de referencia catastral.

El funcionamiento de esta nueva medida

A la hora de buscar una definición para este nuevo indicador de referencia catastral, hay que tener en cuenta que el valor de referencia de una vivienda es uno de los rasgos económicos de su descripción catastral.

Podríamos concretar este concepto como el valor definido por el Catastro después de haber analizado los precios de las compraventas de todos los inmuebles realizadas ante fedatario público.

Todo esto, evidentemente, siempre y cuando se trate de datos de inmuebles que figuren en el Catastro Inmobiliario.

Una vez claro el concepto, muchos se estarán preguntando cómo se llevará a cabo este cálculo.

Año tras año, los datos relacionados con el valor de referencia se calcularán de forma paralela en todos los municipios y los resultados se harán públicos de forma definitiva en la Sede Electrónica del Catastro.

Además, el indicador de referencia no contará con protección y actuará como base imponible a los dos impuestos que habíamos nombrado unos cuantos párrafos más arriba:

  • El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos (ITP y AJD)
  • El de Sucesiones y Donaciones (ISD).

Por eso, es necesario tener en cuenta que el valor catastral también afectará a la hora de pagar ciertos tributos como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en la declaración de la renta.

Consumidores y compradores

La teoría es interesante, pero muchos estarán de acuerdo en que todavía son más interesantes las consecuencias que tendrá esta nueva medida en la práctica, sobre todo para los futuros compradores de viviendas a partir del próximo año.

Una vez más, recurriremos a la importancia que tiene el cambio que se verá reflejado en la base imponible de los impuestos ITP, AJD e ISD debido a el nuevo indicador.

Hasta ahora, el contribuyente tenía la obligación de declarar el bien del valor del inmueble a través de ciertas normas fijadas para determinar el valor de mercado de dicho inmueble.

Un ejemplo claro sería el valor de compra de una vivienda por el que siempre se ha pagado hasta este año. A partir del 1 de enero de 2022, todo cambiará.

La razón principal, o una de ellas, es que hasta ahora se concretaba una parte del precio y el resto se pagaba en mano. Para evitar este tipo de fraudes, entra en juego este valor teórico establecido a base de cálculos reales.

Tienen todo esto en cuenta, el mayor inconveniente de la medida perjudicaría a las personas cuyo valor referente supere el valor real de mercado de su inmueble.

Aun con todo, como ya hemos comentado anteriormente, se aplicará un factor de disminución para estos casos, de modo que el valor de referencia nunca superará el de mercado.

Eso quiere decir que la utilización como base imponible del indicador no implicará un aumento de la tributación.

Puntos de interés para el valor de referencia catastral

El principal sitio al que acudir si se desea información sobre este nuevo indicador, es la Sede Electrónica del Catastro, que a partir del comienzo de 2022 actualizará toda la información disponible.

Aparte de esto, también se proporcionará información mediante la Línea Directa del Catastro, donde además se podrá pedir cita y consultar los valores de cada caso. Los números de teléfono son los siguientes: 91 387 45 50 y 902 37 36 35.

En caso de discrepar a cerca el valor de un inmueble, siempre se puede recurrir y el proceso se llevaría a cabo mediante la Administración tributaria que le corresponda al sujeto pasivo.

Eso sí, únicamente cuando el comprador tome posesión del inmueble y tenga efecto fiscal. De esta forma, el valor actuará sobre la base imponible de los impuestos correspondientes ya mencionados anteriormente, el ITP, el AJD y el ISD.

De forma resumida, estos serían las nociones principales sobre el nuevo valor de referencia catastral que entrará en vigor a partir de 2022. Pude que en un principio resulte complejo o demasiado denso, pero esperamos que se hayan comprendido los principios básicos.

En caso de tener dudas o querer profundizar con nosotros sobre este asunto o cualquiera relacionado sobre la compra de inmuebles, siempre te puedes poner en contacto con nosotros.

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